EL PESO DE LA LEY - QUIÉN TIENE LA ÚLTIMA PALABRA?  

En el trabajo en alturas que implique o no el acceso por cuerda (rope access) una de nuestras obligaciones es la de realizar un análisis de riesgos y conforme a ese, definir nuestro pan de trabajo, así como lo define la ley. A ayudarnos en esta tarea existen varias asociaciones técnicas nacionales e internacionales así como dispositivos de seguridad que a su vez no están exentos de normas de construcción. Sin embargo en esta telaraña de instituciones y fabricantes (donde también existen intereses comerciales) no siempre es fácil orientarse y lo que pretende ser una ayuda a nuestra labor, en muchos casos se convierte en un obstáculo o hasta algo que nos induce en errores.

Entonces, quién tiene la última palabra? El fabricante, las asociaciones o más bien el técnico que realiza el trabajo? Empecemos por conocer a cada una de estas entidades:

1. Fabricante: es el organismo que diseña dispositivos de seguridad o acceso y los produce directa o indirectamente (puede solicitar su componentes a externos o hasta adquirir derechos de marca a fabricantes ajenos). El fabricante solitamente se apoya a técnicos para determinar áreas de oportunidades como son las necesidades para cubrirse durante el trabajo pero esta sujeto directamente a una gran responsabilidad al momento de comercializar productos (DPI's) que están estudiados para evitar accidentes y por ende, podrían provocarlos al ser mal empleados. Por esto para esta categoría existe una serie de leyes y normas técnicas (CE, CEN para Europa, ANSI y OSHA para USA, entre más) que garantizan al usuario que el fabricante y sus distribuidores estén comercializando productos seguros y con las apropiadas indicaciones de uso, almacenaje, inspección y mantenimiento.

2. Asociaciones y escuelas: son instituciones privadas que tiene como principal objetivo el de reunir el know how de los procedimientos a implementarse y trabajan para establecer las buenas prácticas desde definir lo anterior hasta tener aparatos para capacitar y certificar a técnicos. Actualmente existen numerosas instituciones (GWO, FISAT, IWR, SPRAT, IRATA, NSC, etc.) y hay que resaltar que la única que respeta los acuerdos internacionales es la ISO que cuenta con algunas normas específicas para trabajos en alturas, trabajos verticales (cuerdas) así como para centros de capacitación.

3. Técnico: es la persona que realiza el trabajo y está indicado en las diferentes normas como la persona responsable o el encargado por el mismo. Tomando como ejemplo la norma oficial mexicana 09 de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social de México, el técnico suele ser el Patrón o la persona designada por el, siendo está figura la que asume las responsabilidades legales determinadas por la ley, desde atender auditorías hasta responsabilizarse en caso de accidente, cosa muy importante, una vez interpretada la ley con cognición de causa y expertis necesarios.

CONCLUSION: la persona que tiene más peso ante la ley siempre será el técnico o en su defecto quién lo contrata (en pocas palabras, el patrón, usando el término apropiado según la ley). Esto significa que cada decisión y finalmente operación, independientemente o no de las indicaciones del fabricante o de las instituciones de referencia debe de ser claramente tomada e implementada con base a un análisis de riesgos y operativo además que sustentada de manera objetiva y solida, con base al know how del mismo técnico o la empresa.

Si bien sea importante hacer hincapié en la necesidad de que el técnico adquiera un sistema de conocimiento que recurra al conjunto de todas las mejores prácticas (informaciones de instituciones) y los instructivos de uso (indicaciones de fabricantes), entre más cosas que se requieran para crear su propio sistema de acceso y seguridad, lo que pudiera parecer una serpiente que se muerde la cola (el técnico es responsable pero con base a inidicaciones de terceros) en realidad no lo es. Es muy importante recordar que en la realidad el técnico-patron siempre será aquella única persona que pueda solucionarse y se responsabilizará con todas aquellas situaciones situaciones que requieran interpretar las normas. A este efecto es bueno recordar que las mismas asociaciones así como las indicaciones de uso del fabricante han incurrido más de una vez en incumplimiento de las disposiciones legales, además de seguir discrepado entre ellas.

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Autor: Mtro. Franco Grasso

Director Técnico de la IWR Academy

CTS-AIOLaF - ARIM - STPS - CE - OSHA - SPRAT - IRATA - ISA - GWO

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